martes, 14 de abril de 2015

LA REPUBLICA ESPAÑOLA



Articulo República Javier Álvarez Parra:

El 12 de abril de 1931 se celebraban elecciones municipales en todo el territorio español. Las candidaturas republicanas alcanzaban la victoria en las grandes capitales de provincia como Madrid, Barcelona, Bilbao o Zaragoza. Tan solo dos días después, el 14 de abril se constituía el Gobierno provisional de la II República y se abriría así un periodo constituyente que finalizaría con la aprobación de la Constitución de la II República española el 9 de diciembre de 1931.
El texto constitucional puede calificarse de radical en cuanto a que pretendería una profunda transformación de la sociedad española. Uno de los objetivos de la Constitución republicana fue sin duda romper con el sistema patriarcal imperante en una sociedad profundamente católica como era la sociedad española.
La Constitución de 1931 y el régimen que se establecería a partir de su aprobación traería como consecuencia una modificación intensa del ordenamiento jurídico español quedando afectadas todas las ramas del Derecho.
Analizando brevemente los estudios realizados por diferentes juristas especializados en la materia llegamos a comprender por qué el periodo republicano es defendido por muchos como un periodo de grandes victorias en lo que respecta al  pleno reconocimiento de la dignidad de la mujer como persona, como sujeto de derecho pleno alcanzado el mismo estatus jurídico que los hombres.
En primer lugar son destacables preceptos de la Constitución de 1931 como el artículo 2 que proclama la igualdad de todos los españoles ante la ley, el artículo 25 que indica que no puede ser fundamento de privilegio jurídico el sexo, la clase social o las ideas políticas o el artículo 36 que proclama el sufragio universal masculino y femenino siendo esto una victoria para los movimientos feministas sufragistas.
No solo estos artículos son relevantes en cuanto a lo que la igualdad entre mujeres y hombres se refiere, sino que artículos como el 43 que declara que el matrimonio se funda en la igualdad de derechos para ambos sexos implicaron una modificación del Código civil vigente en ese momento; un código del siglo XIX que consideraba a la mujer un sujeto sin plena capacidad jurídica.
Es por ello por lo que en lo que respecta al Derecho civil se produjeron intensas modificaciones. De vital importancia es recordar la aprobación de la Ley de Matrimonio civil de 28 de junio de 1932 o la Ley del divorcio de 2 de marzo de 1932; algo inaudito para la España de los años 30. Además, en cuanto a la capacidad de las personas para actuar en el trafico jurídico, por fin la mujer alcanzaba la plena capacidad jurídica pudiendo actuar libremente ante cualquier transacción sin la autorización paterna ni el permiso marital por el que la mujer casada necesitaba del permiso del marido para disponer de sus bienes patrimoniales.
El Derecho penal quedó afectado por importantes modificaciones; no debemos olvidar que era un Derecho penal impregnado de la moral católica en el que aún se mantenía entre otros el delito de adulterio, el derecho del marido a matar a su esposa adultera o el derecho del padre a matar a su hija menor y al supuesto corruptor de ésta. La legislación republicana eliminó todos estos tipos penales medievales.
Haciendo una labor de síntesis cabria señalar multitud de Decretos de los sucesivos gobiernos republicanos encaminados a garantizar la plena igualdad entre mujeres y hombres; Decretos como los que permitían a las mujeres acceder a notarías, registros de la propiedad o al cuerpo diplomático o un Decreto de 28 de Junio de 1935 que suprimía la prostitución como medio licito de vida.
No es ni siquiera necesario mencionar que el régimen golpista del general Franco derogó todas aquellas disposiciones legislativas encaminadas a garantizar la plena igualdad de mujeres y hombres devolviéndonos a un pasado oscuro.
En conclusión el periodo republicano fue uno de los más ricos en cuanto a transformaciones sociales y políticas. A día de hoy, con los ojos puestos en las elecciones municipales del 24 de mayo, la ciudadanía puede optar entre la continuidad y el conservadurismo de los partidos políticos que nos han gobernado durante años o por el progreso social que representan las nuevas formaciones políticas ciudadanas firmemente comprometidas con la libertad, la justicia y la igualdad entre mujeres y hombres. 

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